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Declaraciones

La Fundación Granadina es una Fundación Privada

Rueda de prensa 11 mayo
Antonio Martínez Caler, Presidente de la Diputación de Granada, ha defendido ante la prensa que una Fundación Guerrero era imposible, ya que, a diferencia de la Fundación Granadina, significaba crear una fundación privada con dinero público. Semejante afirmación, por rotunda y definitiva, implica, cuanto menos, el asesoramiento jurídico de una solvente y sólida investigación previa.

Esta plataforma desvela que todas las palabras de Caler son falsas y que la la Fundación Granadina de Arte Contemporáneo no sólo es un instrumento político, que ha conseguido concentrar el rechazo del mundo artístico y cultural de todo el país, sino que además no es una fundación pública, sino que una es, de acuerdo a la ley de Fundaciones de la Comunidad Autónoma andaluza, una fundación privada financiada con dinero público. ¿Qué tiene Caler que decir ante esto? ¿Por qué lo que hace posible la Granaína hace imposible la Fundación Guerrero?

Caler y Cotarelo han mentido y su falta de asesoramiento pone en evidencia a una clase política incapaz de informarse, asesorarse y fundamentada en la contaminación de la opinión pública. Una clase política que ha convertido la política cultural en una planificada eliminación del disenso y la autonomía cultural.

LA “FUNDACIÓN GRANADINA DE ARTE CONTEMPORÁNEO” ES UNA FUNDACIÓN PRIVADA.

La Plataforma Por el Centro Guerrero, para comprobar  la naturaleza jurídica de la Fundación Granadina de Arte Contemporáneo, y con ello intentar aportar un dictamen técnico externo sobre una de las cuestiones más debatidas y polémicas del caso Guerrero, ha consultado un servicio de asesoramiento para fundaciones.

Remitidos el borrador de estatutos de la Fundación Granadina de Arte contemporáneo, y tras su estudio, la asesoría concluye:

“El PROYECTO DE FUNDACIÓN TIENE NATURALEZA JURÍDICA Y  DEFINICIÓN LEGAL PRIVADA”

El Art. 1 – Denominación y naturaleza de la Fundación Granadina de Arte Contemporáneo dice que “la Diputación Provincial de Granada promueve la constitución de una entidad de naturaleza fundacional [...] de conformidad con la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.”

Se acoje la fundación de la Granaína a la  LEY 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía y esta es clara al respecto:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS I

El Código Civil, por tanto, regula las fundaciones desde su perspectiva de persona jurídica, al igual que se hace en el Derecho comparado europeo en general. Regula así el nacimiento y extinción de las mismas. La naturaleza dual del derecho de fundación, con aspectos tanto públicos como privados, hace que estemos ante unas entidades jurídicas de derecho privado, pero destinadas a la consecución de un interés general o público, cual es la satisfacción de determinadas necesidades, que bien pudieran ser de carácter docente, artístico, benéfico, laboral, asistencial, cultural y similares. Esto las convierte en colaboradoras de los poderes públicos en el ejercicio de sus actividades de interés general.

La “FUNDACIÓN GRANADINA DE ARTE CONTEMPORÁNEO” es, como el resto de fundaciones -también la posible Fundación Guerrero-, por propia naturaleza jurídica y definición legal PRIVADA.

Todas son por definición legal privadas, lo que sucede es que la administración pública, como la Diputación de Granada -en este caso- puede crearlas (Lo permite el articulo 8.3 de la Ley 10/2005), pero pasan a tener un régimen jurídico privado aunque sean financiadas con fondos públicos.

El mismo servicio de asesoramiento, ante la pregunta de si hay fundaciones de carácter público nos responde:

No hablamos de fundaciones públicas, en cuanto su naturaleza, sino de fundaciones del Sector público de Andalucía, ver artículo 55 de la Ley 10/2005. Tienen el mismo régimen jurídico que las fundaciones previstas, les aplica la Ley 10/2005 pero tienen una serie de obligaciones añadidas como rendir cuentas ante Intervención, aplicar los principios inherentes al derecho público. Ver Ley 9/2007 de 22 de octubre de la Administración de la Junta de Andalucía, Capítulo III, artículo78 (define las fundaciones del sector público como entidades instrumentales privadas). Se fundan fundaciones del Sector público de Andalucía  cuando es la Junta de Andalucía (o agentes dependientes, como puede ser la universidad) quien la funda, debiendo aportar con carácter permanentemente más del 50% de su patrimonio fundacional o aquellas en las que la Administración de la Junta de Andalucía tenga una representación mayoritaria. Se entenderá que existe hasta cuando más de la mitad de los miembros de los órganos de administración, dirección o vigilancia de la fundación sean nombrados por la Junta de Andalucía, a través de cualquiera de sus instituciones, entidades, órganos, organismos autónomos o empresas.

Esta información está recogida en el CAPITULO X. Fundaciones del sector público de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 55. Concepto.

O sea, que si la Diputación quiere hacer esto debe por consiguiente perder la tutela de la “Fundación Granadina de Arte Contemporáneo”. Los artículos 3 y 5 (que hemos citado en el EPÍGRAFE SEGUNDO, punto Tercero) y el artículo 12-Composición del Patronato, del PROYECTO DE ESTATUTOS de la “FUNDACIÓN GRANADINA DE ARTE CONTEMPORÁNEO”, son claros y no dejan lugar a dudas respecto al régimen fundacional de esta fundación (“se regirá por la voluntad de la Diputación Provincial de Granada” ) y sobre el poder de la Diputación para nombrar la composición del patronato (“La Diputación de Granada, en tanto que Entidad Fundadora, designará, sea cual sea la composición del Patronato a la mayoría de sus miembros”). La composición del patronato, descrita en el artículo 12 del proyecto de estatutos, otorga mayoría de cargos a la propia diputación, así como los cargos de mayor importancia (presidencia, vicepresidencia, se asegura la mayoría de vocales, …)

LA “FUNDACIÓN GRANADINA DE ARTE CONTEMPORÁNEO” ES UNA FUNDACIÓN PRIVADA.

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EPÍGRAFE 2: REFERENCIAS EN PRENSA


Rueda de prensa completa en nuestro canal Blip.

Caler se niega a crear una fundación privada con dinero público como propone la familia de José Guerrero.

El presidente de la Diputación de Granada, Antonio Martínez Caler, manifestó hoy (15.04.2009) que la propuesta de crear una fundación para gestionar el Centro José Guerrero estaba recogida “como objetivo último” en el acuerdo de cesión que se firmó hace ahora diez años con la familia, cuya intención es crear una “fundación privada, pero con dinero público”, algo que a su juicio “no se puede permitir”.

En Granada Hoy

Que nos den el legado Guerrero y luego hablamos», dice Caler a los herederos

Martínez Caler insistió (en la rueda de prensa celebrada el 11 de mayo en la sede de la Diputación) en el argumento que ya ha utilizado otras veces para defender la postura de la Diputación, una postura que los herederos, la Plataforma por el Centro Guerrero, numerosos artistas y gestores culturales de toda España y buena parte de la prensa encuentran inexplicable. «Su objetivo final era crear una fundación privada con dinero público», aseguró.

Cuando se le recordó que muchas fundaciones en torno a la figura de creadores son privadas sin ánimo de lucro y están participadas por instituciones públicas -como la Fundación Federico García Lorca o la Fundación Francisco Ayala- [en las que si participa la Diputación Provincial], Martínez Caler aseguró que la creación de la Fundación Granadina de Arte Contemporáneo (FGAC) fue «una decisión política que no puede ser condicionada por un privado».

En El Ideal.

Caler se niega a crear una fundación ´privada´ con financiación pública (aunque la Granaína es tan privada como tendría que serlo por Ley la Fundación José Guerrero)

El presidente de la Diputación de Granada, Antonio Martínez Caler, manifestó ayer que la propuesta de crear una fundación para gestionar el Centro José Guerrero estaba recogida “como objetivo último” en el acuerdo de cesión que se firmó hace ahora diez años con la familia, cuya intención es crear una “fundación privada, pero con dinero público”, algo que a su juicio “no se puede permitir”.

En La Opinión de Granada.

EPÍGRAFE  3: NOTAS EXTRACTADAS DE DIVERSA DOCUMENTACIÓN ENTREGADA A PRENSA POR LA DIPUTACIÓN DE GRANADA

En la documentación entregada a prensa por el Sr. Martinez Caler y la Sra. Pérez Cotarelo, Presidente y Diputada de Cultura de la Diputación de Granada respectivamente, el día 11 de mayo de 2009 coincidiendo con la rueda de prensa convocada por ambos en la sede de la Diputación Provincial de Granada, podemos leer:

PRIMERO_En el Documento con título: LA DIPUTACIÓN, LOS HEREDEROS DE DON JOSÉ GUERRERO Y EL CENTRO DE ARTE CONTEMPORÁNEO PASO A PASO (Descargable en pdf: http://www.box.net/shared/c06k70ix79 ), pág 4. punto 4.2 El proceso de renovación del comodato.

1) Con fecha 18 de marzo de 2009 se cursa convocatoria de la Comisión Paritaria del contrato-comodato a celebrar el 15 de abril y único asunto del orden del día “Propuesta y acuerdo en su caso con la familia Guerrero para el mantenimiento de la obra de D. José Guerrero en Granada”

-Documentación acompañante:

-Propuesta de fundación privada realizada por los herederos de Don José Guerrero ….

-Borrador de Estatutos de fundación pública elaborada por la Diputación Provincial.

SEGUNDO_En la nota de prensa de la Delegación de Cultura de la Diputación de Granada (enviada el 14 de abril de 2009) en respuesta al Comunicado anterior de la familia Guerrero, leemos:

-Punto Segundo: se nos remite a través del Registro General una propuesta escrita de fundación (a medio redactar, de naturaleza privada pero con fondos públicos) en relación con el tema para que fuera estudiada en la Comisión Paritaria de mañana.

-Punto Tercero: La Diputación de Granada [...] venía trabajando en la creación y constitución de una fundación pública que diera soporte jurídico (hasta ahora el Centro Guerrero está constituido jurídicamente por un convenio, dos consignaciones presupuestarias de los capítulos II y IV de la Diputación y la adscripción de personal de la misma): la Fundación Granadina de Arte contemporáneo, [...] el proyecto de esta fundación pública y una propuesta de renovación del Comodato, adaptada a la creación de esta entidad fundacional pública.

-Punto Séptimo: Que por un evidente ejercicio de responsabilidad con la “gestión de lo público” y en este caso en relación con el arte contemporáneo en Granada esta Diputación, al margen de la prórroga del Comodato, seguirá adelante con su proyecto de crear la Fundación Granadina de Arte contemporáneo, …

TERCERO_En el PROYECTO* DE ESTATUTOS “FUNDACIÓN GRANADINA DE ARTE CONTEMPORÁNEO” (*Nota incluida: “Una vez incorporadas las recomendaciones del “Dictamen Jurídico Previo”) adjunto como anexo, leemos en su TÍTULO PRIMERO, DISPOSICIONES GENERALES:

-Art. 1 – Denominación y naturaleza de la Fundación Granadina de Arte Contemporáneo dice que “la Diputación Provincial de Granada promueve la constitución de una entidad de naturaleza fundacional [...] de conformidad con la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

-Art. 3. – Régimen

La “Fundación Granadina de Arte Contemporáneo” se regirá por la voluntad de la Diputación Provincial de Granada, como Entidad Fundadora, expresada en la escritura fundacional, por los presentes Estatutos y por las disposiciones legales y reglamentarias que sean de aplicación.

-Art. 5. – Nacionalidad y domicilio

La “Fundación Granadina de Arte Contemporáneo” tiene nacionalidad española, con domicilio en la sede de la Diputación Provincial de Granada, sita en Granada, calle Periodista Barrios Talavera, número 1.

CUARTO_En el Acta de la Comisión Paritaria del Comodato de 23 de abril de 2009, en la primera intervención de D. Jorge López López, Director del Área de Cultura, Juventud y Cooperación Local de la Diputación de Granada dice:

Por Don Jorge López López, expresa que tiene en su poder varios dictámenes de prestigiosos juristas sobre la viabilidad de la propuesta de la Diputación [la Fundación Granadina de Arte Contemporáneo]

CONCLUSIÓN: ¿Qué tienen que decir Cotarelo, Caler y López cuando han sido atrapados en una mentira y chapuza de la que no es digna la Diputación de Granada? Estamos ante un engaño masivo o ante una incapacidad absoluta, contando con todos los recursos de la Diputación, ¿no es éste motivo para, junto a la pérdida de una colección de disfrute público, dimitir de una vez y dejar de arrasar las instituciones y la vida pública de Granada?

Discusión

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